Citas extraídas del libro Estado de excepción, de Giorgio Agamben.
“…si
las medidas excepcionales son el fruto de los períodos de crisis política y, en
tanto tales, están comprendidas en el terreno político y no en el terreno
jurídicoconstitucional (De Martino, 1973, p. 320), ellas se encuentran en la
paradójica situación de ser medidas jurídicas que no pueden ser comprendidas en
el plano del derecho, y el estado de excepción se presenta como la forma legal
de aquello que no puede tener forma legal”.
“Es
esta tierra de nadie entre el derecho público y el hecho político, y entre el
orden jurídico y la vida, aquello que la presente investigación se propone
indagar. Sólo sí el velo que cubre esta zona incierta es removido podremos
comenzar a comprender lo que se pone en juego en la diferencia -o en la
supuesta diferencia- entre lo político y lo jurídico y entre el derecho y lo
viviente. Y quizá solamente entonces será posible responder a la pregunta que
no cesa de resonar en la historia política de Occidente: ¿qué significa actuar
políticamente?”
“Entre
los elementos que hacen difícil una definición del estado de excepción está
ciertamente la estrecha relación que éste mantiene con la guerra civil, la
insurrección y la resistencia. En la medida en que la guerra civil es lo
opuesto del estado normal, ella se sitúa en una zona de indecidibilidad
respecto del estado de excepción, que es la respuesta inmediata del poder
estatal a los conflictos internos más extremos. En el curso del siglo XX, se ha
podido asistir así a un fenómeno paradójico, que ha sido eficazmente definido
como una "guerra civil legal" (Schnur, 1983). Tómese el caso del
Estado nazi. No bien Hitler toma el poder (o, como se debería decir acaso más
exactamente, no bien el poder le es entregado), proclama el 28 de febrero el
Decreto para la protección del pueblo y del Estado, que suspende los artículos
de la Constitución de Weimar concernientes a las libertades personales. El
decreto no fue nunca revocado, de modo que todo el Tercer Reich puede ser
considerado, desde el punto de vista jurídico, como un estado de excepción que
duró doce años.
El totalitarismo moderno puede ser definido, en este sentido,
como la instauración, a través del estado de excepción, de una guerra civil
legal, que permite la eliminación física no sólo de los adversarios políticos
sino de categorías enteras de ciudadanos que por cualquier razón resultan no
integrables en el sistema político. Desde entonces, la creación voluntaria de
un estado de emergencia permanente (aunque eventualmente no declarado en
sentido técnico) devino una de las prácticas esenciales de los Estados
contemporáneos, aun de aquellos así llamados democráticos. Frente a la imparable
progresión de eso que ha sido definido como una "guerra civil
mundial", el estado de excepción tiende cada vez más a presentarse como el
paradigma de gobierno dominante en la política contemporánea. Esta dislocación
de una medida provisoria y excepcional que se vuelve técnica de gobierno
amenaza con transformar radicalmente –y de hecho ya ha transformado de modo
sensible– la estructura y el sentido de la distinción tradicional de las formas
de constitución. El estado de excepción se presenta más bien desde esta
perspectiva como un umbral de indeterminación entre democracia y absolutismo”.
Algo similar:
ResponderEliminarhttp://www.verdadypaciencia.com/2017/01/belgica-estado-de-excepcion-sin-estado-de-emergencia.html
Es la forma "legal" de instaurar una dictadura y la gente tan contenta, pero esto solo es el principio porque la mayoría no son capaces de comprender la relación de todas las piezas, ni siquiera las tienen en cuenta.
Salud!
Efectivamente, el estado entra en excepción y se convierte en la norma. es así como se pierden libertades. La pregunta es ¿Cuál es la carga máxima, el límite de gasto en represión que aguanta un estado sin colapsarse? Se habla de un 25-30%, y en Europa estamos entre un 3 y un 15%, según la estadística.
ResponderEliminarSalud!