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- Se reconocen y protegen los derechos:a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.c) A la libertad de cátedra.d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
- El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
Como dice Boro LH aquí no se ha instaurado la censura de la libertad de expresión a un pueblo, ti puedes decir perfectamente a alguien que le vas a violar el culo y reventar a sus hijos y que esperas que mueran en un atentado. Se puedes si eres un puto fascista y se lo dices, no a un rojo, a un rojeras. Hay una persecución ideológica, y eso no es propiamente censura, va más allá y tiene que ver con quién tiene las armas y quién puede realizar otro genocidio.
ResponderEliminarSolidaridad con el Compañero Pablo Hassel! Salud!